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Humillados por la Constitución dieron la vida por García Harfuch

Miguel Ontiveros Alonso

Investigador del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de Chiapas. Director

General de www.criminalia.com.mx

Omar García Harfuch, uno de los policías de mayor prestigio en México, fue víctima de un atentado, el viernes pasado en la madrugada, instrumentado cobardemente por el Cartel Jalisco Nueva Generación. Éste cobró la vida de una mujer inocente que cruzaba por el lugar, así como la de dos escoltas del Secretario de Seguridad Ciudadana —sus amigos—, como expresamente se refirió a ellos el servidor público desde el hospital en que fue atendido el día de los hechos. Ambos miembros del equipo de seguridad eran policías y le acompañaron por diversas instituciones policiales, enmarcados en la destacada trayectoria de García Harfuch.

Además de la desgracia y la muerte, el hecho nos recuerda la vergonzosa situación en la que se encuentran los policías de nuestro país, gracias a la cultura —muy nuestra, por cierto— orientada a la discriminación y el desprecio a la función policial. Resulta que —impulsada por supuestos expertos vinculados a diversas ONG—la fracción XIII, del artículo 123 B constitucional establece —desde hace más de una década— lo siguiente:

“Los agentes del Ministerio Público, los peritos y los miembros de las instituciones policiales de la Federación, las entidades federativas y los Municipios, podrán ser separados de sus cargos, si no cumplen con los requisitos que las leyes vigentes en el momento del acto señalen para permanecer en dichas instituciones, o removidos por incurrir en responsabilidad en el desempeño de sus funciones. Si la autoridad jurisdiccional resolviere que la separación, remoción, baja, cese o cualquier otra forma de terminación del servicio fue injustificada, el Estado sólo estará obligado a pagar la indemnización y demás prestaciones a que tenga derecho, sin que en ningún caso proceda su reincorporación al servicio, cualquiera que sea el resultado del juicio o medio de defensa que se hubiere promovido.”

No hace falta ser abogado para entender lo que ahí se establece: primero, para la Constitución, los Agentes de la Policía —además de los peritos y agentes del Ministerio Público quienes sufren la misma humillación—, no tienen acceso al servicio público de carrera, pues por más que se esfuercen en alcanzar un proyecto de vida, pueden ser removidos en cualquier momento. Segundo, que no importa si dicha remoción fue injustificada —por ejemplo, por el capricho de un superior jerárquico o motivada por la negativa de una mujer policía ante la solicitud de un favor sexual proveniente de su jefe acosador1—. Nada de esto importa, pues el cese será definitivo y, tal y como señala la Constitución, “… sin que en ningún caso proceda su reincorporación al servicio, cualquiera que sea el resultado del juicio o medio de defensa que se hubiere promovido”.
Años después de incorporada esta redacción en la Constitución, saltan a la vista los motivos reales de su aprobación: se trataba de sentar las bases de un gran negocio del que —por cierto— se beneficiaron decenas de ONG, ex servidores públicos y legisladores: la implementación, a escala nacional, de modelos de “certificación policial” amparados en muy costosos polígrafos, capacitación de poligrafistas y la construcción de decenas de “centros de control de confianza” mediante la disposición de miles de millones de pesos. Quien haya trabajado en alguna institución policial, pericial o ministerial lo sabe, aunque no lo reconozca: cuando se quiere echar de la institución a cualquier servidor público que incomode, basta con mandarlo al “centro de control de confianza” y “encargárselo” al director del centro. En un caso como éste, el Policía está sentenciado y condenado a abandonar la carrera policial y dedicarse a otra cosa, pues ya se sabe que —a pesar de ser un despido injustificado y haber tenido años de buen desempeño— la Constitución señala que nunca volverá a ser policía.

Excluir a policías, peritos y agentes del Ministerio Público del servicio público de carrera (eso es exactamente lo que hace la fracción constitucional reproducida), cuya función es la profesionalización del personal mediante la seguridad y estabilidad en el trabajo, manda un pésimo mensaje al sistema de justicia y a la ciudadanía. Este mensaje puede resumirse en lo siguiente: “si quieres ser policía está muy bien, pero prepárate para dejar de serlo también”. Así, a diferencia de lo que sucede en Estados modernos, donde un policía recibe prestaciones como sueldos dignos, seguro médico y de vida, becas de estudio para sus hijos, crédito para una casa, estabilidad laboral, capacitación del más alto perfil, esquemas de desarrollo personal y reconocimiento de la comunidad, aquí sucede lo contrario. En México, el policía es visto de muchas formas. De entre éstas, me voy a referir solamente a la manera en que los mira la Constitución: sujetos desechables, certificables como carne de res —como cafeteras o lavadoras—, que pueden ser excluidos del sistema en cualquier momento.

Estas “personas desechables” son las mismas que cuidan nuestra propiedad e integridad todos los días. Son las mismas personas a las que nos referimos como “polis”, las que todos los días aparecen en vídeos humilladas por ciudadanos prepotentes y a las que algunas “comisiones de derechos humanos” se niegan a representar argumentando que “las Policías se rigen por sus propias leyes”. Son las mismas personas que, humilladas por la Constitución, dieron su vida por García Harfuch.

México, 28 de junio de 2020

1 No hay espacio laboral en el que se discrimine y acose más a la mujer que en el servicio público. Y dentro de éste, la institución policial —junto a la prisión— ocupa el primer lugar.

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